Una Nube Informática para Servicios Públicos
Jacinto Dávila
Nubes informáticas
Una nube informática es “un modelo para permitir acceso conveniente y por demanda a una colección de recursos computacionales configurables (por ejemplo, redes, servidores, memoria, programas y servicios) que pueden ser rápidamente provistos y desplegados con un mínimo de esfuerzo gerencial e de interacción con el proveedor de la infraestructura” (CERN, 2013). Se trata de la última etapa conceptual, a la fecha, en la evolución de los sistemas distribuidos (Sloman y Kramer, 1986) que han escalado desde los sistemas cliente/servidor, pasando por las GRIDs, los repositorios y desembocando en la propuesta actual la cual, desde el punto de vista de los usuarios y las usuarias, transparenta completamente la infraestructura de computación en la que cada usuario o usuaria se registra, se identifica, calcula, procesa, almacena datos e interactúa con el resto del mundo. La usuaria o el usuario simplemente accede, como a cualquier servicio en Internet, desde donde quiera que esté autorizada, y siempre para encontrar el mismo entorno virtual de trabajo.
La dimensión económica de la Nube
Esa es, desde luego, la descripción técnica del concepto. El aporte fundamental, sin embargo, transciende rápidamente el espacio técnico y, a juzgar por su popularidad en otros espacios, revela un claro componente económico. La nubonomía (Cloudonomics) es el nombre que se da a una serie de argumentos que presentan a la nube como la mejor solución económica para el despliegue tecnológico informático en casi cualquier espacio organizacional. El corazón del argumento parecer ser la evidencia de que los servicios informáticos en una nube comercial, cualquiera que sea su naturaleza, son más económicos que si se los provee de alguna otra manera, por ejemplo, con un centro de datos tradicional en la organización. Esto es así en la medida en que sea más difícil precisar la demanda que se requiera.
En otras palabras, la nube como solución informática, supera a cualquier solución tradicional en costos de soporte y adecuación o escalamiento impulsado por la demanda. Este es, obviamente, un argumento comprometido con el aspecto comercial de la idea. Se asume una organización, presuntamente privada, que posee y gerencia la nube, prestando sus servicios para atender la demanda de quienes la usen sobre la base de pagar-por-lo-que-usan (a diferencia de pagar una renta fija, por ejemplo). Con esa condición y con una demanda poco previsible, cualquier otra organización tendrá ventajas económicas si contrata los servicios de la nube antes que instalar su propia infraestructura (Weinman, 2012).
Es muy curioso que esos argumentos no exploren un posible origen de esa ventaja: una solución colectiva (la propia nube) que atiende a cada quien según su necesidad (lo que usan) y a todos en buena medida (cubriendo la demanda no prevista). Precisamente por esta razón, proponemos estudiar la dimensión política de la nube y de toda infraestructura tecnológica de servicios como los que ofrecen google/alphabet y amazon.
La dimensión política de la Nube
Las nubes comerciales, como las que se han mencionado, se imponen como soluciones informáticas, no sólo por aquella versatilidad técnica y tampoco por esas primeras ventajas económicas únicamente. Son una solución “redonda” en cuanto a que, además de todo aquello, se financian a sí mismas gracias al valor de los datos que captan con sus servicios gratuitos o muy baratos. La data de los usuarios y usuarias tiene un inmenso valor de mercado, pues permite perfilar, o modelar con detalles, las preferencias e inclinaciones de las personas y con ello mejorar la efectividad de las ofertas de productos o servicios para el posicionamiento de una idea en la mente de esos consumidores.
Se podría alegar que el acceso privilegiado y así de intrusivo a la data privada de todas las personas es un asunto de interés público. En este texto, sin embargo, vamos a restringir la atención al caso particular en el que la usuaria o el usuario de la nube es una funcionaria o funcionario público al servicio de algún Estado-Nación. En este caso, el destino de los datos y su eventual utilización para el mercadeo es, sin duda, un asunto público y de interés para la soberanía nacional. En consecuencia requiere una respuesta política desde el más alto nivel.
Legislación para los Servicios Públicos con Apoyo Informático
La preservación del patrimonio digital público es un objetivo político ampliamente asumido en todo el mundo. Más allá del valor económico de los datos, el impacto de la información histórica es ampliamente reconocido y por ello se toman previsiones para su preservación y cuidado. La información científica, por ejemplo, supone un desafío asumido a nivel institucional, sectorial, internacional y hasta continental. Todos esos esfuerzos van dirigidos, ya no a obtener rédito económico, sino a garantizar el acceso (y el control del acceso) a información de relevancia pública. No debe sorprender, entonces, que otras naciones desarrollen e implementen sus propias políticas para proteger los datos públicos y, en particular, los datos de sus servicios públicos.
La República Bolivariana de Venezuela ha recorrido el camino legislativo desde el poder popular para generar políticas de preservación del patrimonio público digital o electrónico y procurar la soberanía informática de sus servicios públicos. La ley de Infogobierno prescribe que “Artículo 11: El Poder Público debe contar con repositorios digitales en los cuales se almacene la información que manejen, así como los documentos que conformen el expediente electrónico [..]” (Venezuela, 2014). Además, “Artículo 12: El Poder Público tiene la obligación de compartir entre sí la información pública que conste en sus archivos y repositorios digitales [..]” (Venezuela, 2014). Con esto se establecen la condiciones para crear una federación de repositorios que constituyan una nube informática soberana para los servicios públicos de este país. Más aún, otro proyecto legislativo, todavía en curso, la Ley de Acceso Abierto y Libre Difusión del Conocimiento, prescribe: “Artículo 27. El Sistema Nacional de Repositorios Digitales Institucionales de Acceso Abierto y Difusión Libre del Conocimiento se concibe como una red interoperable de repositorios digitales institucionales y temáticos, en la que se incluyen repositorios agregadores o recopiladores que permitan la localización, recolección y exposición de información, así como su organización en redes temáticas o redes regionales, a través de una interfaz común [..]” y además “Artículo 28. [..] deben estar alojados en servidores y equipos técnicos ubicados físicamente en el territorio nacional” con lo cual prácticamente se define una nube informática pública soberana.
Los esfuerzos venezolanos, sin embargo, no se limitan solamente a legislar y tampoco a la preservación y acceso abierto al patrimonio digital. El Centro Nacional de Tecnologías de la Información de Venezuela adelanta el proyecto de la “máquina de trámites” (Monroy, 2015) que debe permitir (y ya lo hace en prototipos funcionales) el modelado de los procesos burocráticos fundamentales en el país y su automatización sobre una plataforma de servicios compartidos para trámites públicos accedible desde todo el territorio nacional. Esta plataforma de servicios bien puede considerarse el prototipo de la nube informática nacional.
¿Cómo se financia y sostiene una nube informática pública?
Hay evidencia del impacto del financiamiento estatal para las nubes informáticas. El Ministerio de Industria y Tecnología de la Información de China tiene cuando menos un lustro considerando la computación en nube y ya hay reportes de su uso para soportar servicios públicos y de gobierno en las llamadas “ciudades inteligentes” de ese país. Por su parte y a pesar del énfasis en las soluciones privadas, la NSF, agencia del estado para el financiamiento científico de los EEUU, financia sistemáticamente la investigación en la tecnología de nubes.
En cualquier caso, el costo de operación y mantenimiento de repositorios es bien conocido (Burns et al, 2013). Un aspecto clave es la provisión del hardware que debe ser continua y sostenida y, cuando menos al principio en Venezuela, tendrá que ser importada. Pero, ¿acaso no ha ocurrido así con toda la infraestructura electrónica pública?. Un sistema de tributación que sostenga a la nube informática es posible y bien puede ser sostenible en forma progresiva.
Confiamos que este país seguirá reivindicando su soberanía tecnológica y su autoconfianza para desarrollar plenamente una nube informática para servicios públicos en el corto plazo.
Notas
Bibliografía
CERN, 2013, CERN OpenStack Private Cloud Guide. En https://clouddocs.web.cern.ch/clouddocs/index.html última actualización: 11 de Julio, 2013, consultada: 20 de Noviembre de 2015.
Sloman, M.S., y Kramer,Jeff, (1986) Distributed Systems and Computer Networks, Prof. C.A.R.Hoare Series, Prentice Hall Int., Inglaterra, 336 páginas.
Weinman, Joe, 2012, Cloudonomics: the business value of cloud computing. John Wiley & Sons, Inc.
República Bolivariana de Venezuela, 2013, Ley de Infogobierno. Asamblea Nacional. En http://www.mppeuct.gob.ve/sites/default/files/descargables/ley_infogobierno_venezuela_2013.pdf En vigencia desde el 17 de Agosto de 2014.
Monroy, John, 2015, Automatización de Trámites Administrativos en el MPPEUCT y Entes Adscritos. Presentación en el Centro Nacional de Tecnologías de la Información, CNTI, Venezuela.
Burns, C. S.; Lana, A y Budd, J.M, 2013, Institutional Repositories: Exploration of Costs and Value. D-Lib Magazine. Recuperado desde: http://www.dlib.org/dlib/january13/burns/01burns.html